Los terroristas 'arrepentidos.' podrán ser absueltos si cooperan con la justicia
Los terroristas arrepentidos podrán ver notablemente atenuadas sus penas, pudiéndose llegar, incluso, hasta la absolución, en función de su cooperación con la justicia. Así lo prevé el proyecto de ley orgánica "contra las actuaciones de bandas armadas y elementos terroristas y de desarrollo del artículo 55.2 de la Constitución", popularmente conocido como de medidas antiterroristas, aprobado ayer por el Consejo de Ministros, y que hoy será enviado a las Cortes para su tramitación por el procedimiento de urgencia. Entre otras novedades, las nuevas medidas prevén la extraterritorialidad, la posibilidad de disolver asociaciones "políticas, culturales y sociales" y se facilita el cierre de medios informativos que, en opinión del juez, practiquen una continuada apología del terrorismo.
El texto de estas medidas endurece también notablemente las penas contra quienes atenten, o cooperen de alguna manera en atentados, contra miembros de las Fuerzas Armadas o de la Policía Municipal, y agiliza los procedimientos penales, proclamando que no podrá exceder de 60 días el plazo transcurrido entre el auto de procesamiento y la celebración del juicio oral. Gran parte de los artículos de este anteproyecto tienen un horizonte temporal de dos años, pero no ocurre lo mismo con el agravamiento de las penas para delitos conectados con el terrorismo, que será definitivo.El anteproyecto prevé que los delitos contenidos en este texto cometidos por españoles serán juzgados por tribunales nacionales, aunque hayan sido perpetrados en el extranjero, e incluso aunque el autor o autores hayan sido condenados fuera de España a una pena menor que la que prevén las nuevas medidas. Este supuesto de aplicación de la extraterritorialidad se orienta fundamentalmente contra quienes, desde territorio extranjero, cobran impuestos revolucionarios a cíudadanos españoles.
El ámbito de aplicación de esta ley es muy amplio: alcanza a las personas que, presuntamente integradas o relacionadas con actividades terroristas o con bandas armadas que incidan gravemente en la seguridad ciudadana, planeen, organicen y ejecuten una variada gama de delitos contra la vida y la integridad física, detenciones ilegales bajo rescate, asaltos a establecimientos públicos y privados o apología de cualquiera de estos delitos.
Respecto de este último punto, el artículo 5º del anteproyecto ayer aprobado por el Consejo de Ministros prevé que un tribunal podrá acordar, previa declaración de ilicitud, la disolución de asociaciones y otras personas jurídicas o centros colectivos dedicados a una actividad política, cultural o social cuyos miembros fuesen condena dos por delitos conectados con el terrorismo, siempre que su vinculación a estas entidades sea "causalmente relevante" en la comision de los hechos delictivos. Ello significaría, de acuerdo con medios jurídicos, una mayor facilidad para que los jueces actúen contrá asociaciones de hecho, como las llamadas gestoras pro amnistía existentes en el País Vasco, siempre que se considere que tales asociaciones mantienen una vinculación con ETA. Pasa a la página 17
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Los medios de difusión podrán ser clausurados por apología del terrorismo
Viene de la primera página
La apología del terrorismo por medios escritos o audiovisuales será castigada con prisión menor en grado medio y máximo y multa de hasta un millón de pesetas cuando se acredite que su "finalidad relevante" es apoyar o ensalzar la rebelión o "actividades propias de grupos armados u organizaciones terroristas, y también hechos o, efemérides de sus dirigentes y activistas".
El artículo 20 de esta normativa prevé la clausura de oficio por el juez o previa admisión de una querella del ministerio fiscal de los medios de difusión que practiquen esta apología. El juez ordenará el cierre provisional del medio de difusión. de que se trate y, si procede, la ocupación material de los instrumentos del delito (maquinaria, enseres varios); dentro de los tres días siguientes a la adopción de estas medidas, el juez ratificará, oído el ministerio fiscal y las alegaciones de las partes, o dejará sin efecto, su decisión anterior. La ratificación procederá "cuando hubiere habitualidad o cuando los delitos perseguidos en la querella fueren de extrema gravedad". Contra este auto judicial podrá interponerse recurso de apelación en el plazo de cinco días y la sentencia que ponga fin al proceso debe levantar o imponer definitivamente el cierre del medio de difusión de que se trate.
Los supuestos de colaboración están también minuciosamente regulados en el texto del anteproyecto, que prevé, entre otros, los casos de construcción o cesión de alojamientos o locales idóneos para la ocultación de personas o cosas, la búsqueda de información que ayude a cometer actos terroristas, la asistencia a campos de entrenamiento o la cooperación económica para financiar bandas terroristas. De acuerdo con el portavoz del Gobierno, Eduardo Sotillos, no se considerará que existe esta cooperación en los casos de, pago de impuesto revolucionario, "ya que tiene que haber voluntariedad y en estos casos no la hay, lo mismo que ocurre con algunos supuestos de difusión de comunicados de las bandas terroristas".
Fuentes del Grupo Parlamentario Popular, que aseguraron a EL PAIS que apoyarán estas medidas en las Cortes,dijeron, no obstante, estar estudiando la posibilidad de promover que el pago de rescate sea considerado delito por falta de cooperación con las investigaciones policiales.
El Consejo de Ministros escuchó también un detallado informe del ministro de Trabajo acerca del paquete de leyes laborales que, probablemente, recibirá su aprobación definitiva por el Gobierno la próxima semana. En este paquete se contiene la Ley Orgánica de Libertad Sindical, la modificación de algunos artículos del Estatuto de los Trabajadores y del título segundo de la Ley Básica de Empleo, así como la normativa sobre igualdad de sexos ;a la hora de causar pensión.
El Consejo aprobó una serie de medidas urgentes para reparar los daños causados por las recientes inundaciones en las provincias de Barcelona, Cádiz, Huelva, Sevilla y Valencia. También se aprobó la emisión de más de 34.000 millones de pesetas de deuda pública.
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