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Aprobada la Ley de Cámaras Agrarias, nueve años después de ser prometida

Con el apoyo de todos los grupos parlamentarios y las reservas parciales a un artículo de Minoría Catalana, el pleno del Congreso de los Diputados aprobó ayer la Ley por la que se establecen las bases del régimen jurídico de las Cámaras Agrarias. El gobierno socialista prometió desarrollar esta ley durante su primera legislatura. A partir de esta disposición, es probable la celebración de un proceso electoral en el sector agrario durante 1992.

Las Cámaras Agrarias, cerca de 7.000 en toda España, según la nueva Ley aprobada por el Parlamento, serán corporaciones de derecho público adscritas el Ministerio de Agricultura, y cuya función principal será la de servir como órganos consultivos a requerimiento de la Administración exclusivamente. En ningún caso, a diferencia de su papel en los años precedentes a la Ley de Libertad Sindical de 1977, las Cámaras Agrarias podrán asumir funciones representativas, reivindicativas o de negociación, tareas que están reservadas a las organizaciones agrarias.Se considerarán organizaciones agrarias representativas a nivel estatal los sindicatos que obtengan el 10% de los votos válidos emitidos en las elecciones a Cámaras y con representatividad provincial las que logren el 20%. De acuerdo con las enmiendas propuestas por el Grupo Popular, el mandato mínimo de los miembros de las Cámaras Agrarias deberá ser de tres años y de cinco como máximo. La fecha de las elecciones a las Cámaras Agrarias provinciales será fijada por el Gobierno.

Según Miguel Ramirez, portavoz agrario del PP, es necesario y deseable un proceso de elecciones con el fin de clarificar la representatividad agraria. Los sindicatos agrarios se han manifestado también a favor de elecciones en el campo, aunque en medios cercanos a la Administración se duda de la voluntad real de acudir a las urnas por parte de algunas siglas.

Hasta 1977 funcionaron las Hermandades de Labradores y Ganaderos que constituían la organización del sindicato vertical en el campo. Las primeras y últimas elecciones a Cámaras Agrarias se celebraron en 1978 y, en base a aquellos resultados, el Ministerio de Agricultura eligió a las organizaciones agrarias que han sido interlocutores de la Administración durante estos años.

La ley del retraso

Tras las elecciones generales de 1982, la Administración socialista prometió entonces una nueva Ley de Cámaras Agrarias con el fin de modificar su estructura y proceder a unas nuevas elecciones. Sin embargo, la presentación del proyecto de Ley se demoró durante varios años y no se produjo la aprobación de un nuevo texto hasta diciembre de 1986. Publicada la nueva normativa en el Boletín Oficial del Estado, el Grupo Popular, así como varias comunidades autónomas, presentaron un recurso ante el Tribunal Constitucional que no se pronunció hasta julio de 1989. El alto organismo estimó parcialmente los recursos por lo que fue preciso cambiar varios artículos. Finalmente, en marzo de este año, el Gobierno remitió un nuevo proyecto de Ley al Congreso con las enmiendas exigidas por el Tribunal Constitucional.La nueva Ley de Cámaras Agrarias contempla solamente la existencia de la estructura de una Cámara Agraria provincial, mientras que corresponde a las comunidades autónomas el desarrollo de las Cámaras Agrarias locales, la normativa para su fusión, y la regulación de los propios procesos electorales.

Desde las primeras elecciones en 1978 para un mandato de cinco años se ha producido un profundo desmantelamiento de Cámaras Agrarias por falta de competencias o por aparecer organizaciones de ámbitos distintos en otras comunidades.

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